Auto Caso Palma Arena: La hipertrofia de los derechos

El reciente “Auto de adopción de medidas cautelares de naturaleza penal” dictado en el llamado caso Palma Arena, pone de manifiesto las contradicciones que se observan en la argumentación de determinadas resoluciones judiciales.

El Auto, de una extensión desmesurada, de más de 140 folios, centra toda su extensión en argumentar la existencia de delito en la conducta desplegada por el Sr. Matas, constituyendo la aportación y valoración de esos indicios el eje central del auto, ocupando la casi totalidad del citado Auto. La necesidad de justificar la existencia de una mínima actividad indiciaria que presente la apariencia de comisión de un posible delito constituye, bien cierto, uno de los elementos que integra la argumentación del auto: sin la existencia de una actividad delictual no cabe adoptar medida cautelar alguna. Ahora bien, no se puede obviar la fase del procedimiento en la cual se realiza esa valoración, así en la fase de instrucción solo cabe valorar la “presencia de indicios racionales de criminalidad”, indicando, lisa y llanamente en qué consisten.

Por el contrario el Auto no solo realiza una enumeración de indicios, sino centra su argumentación en la valoración de las pruebas que acreditan cada uno de esos indicios, exponiendo detalladamente las contradicciones del imputado en su declaración en sede judicial, contraponiéndolas con las declaraciones de otros imputados e informes periciales, y lo que es peor, incluyendo incluso valoraciones personales del titular del órgano judicial, las cuales resultan improcedentes en todo caso. La argumentación probatoria de esos indicios convierte el Auto de medidas cautelares en un proyecto de sentencia, adelantando el Instructor una valoración condenatoria de la conducta del imputado, impropia de la fase procesal en la que se encuentra el proceso, e incluso contraria a los principios de imparcialidad que rigen el proceso penal, donde el instructor adopta una posición de tercero y nunca de parte acusadora. La argumentación contenida en el Auto de medidas cautelares, reforzada con las propias valoraciones personales del Instructor, adelantan el contenido del Auto de procedimiento Abreviado, y con ello vulneran el derecho de defensa, el cual queda condicionado peyorativamente en la valoración del instructor en el resto del procedimiento.

Este Auto evidencia que, la exacerbación del carácter garantista del proceso penal español, ampliando erróneamente los derechos del imputado, y entre ellos el de conocer las razones que motivan la resolución que se dicta, acaba significando una hipertrofia de esos mismos derechos, y así la ampliación del derecho de defensa que podría derivarse de un mejor conocimiento de las razones de la imputación, acaban afectando a este mismo derecho, en cuanto se adelanta la fase procesal en la cual deben examinarse.

Auto de Medidas Cautelares de Naturaleza Penal del llamado caso Palma Arena

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